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USCIS activa nuevo mecanismo en el programa de Reunificación Familiar

Publicado el 4 de septiembre del 2023 a las 18:50 GMT

Los peticionarios que reciben invitaciones pueden presentar un Formulario I-134A de los beneficiarios principales y derivados del Formulario I-130, o Petición para Familiar Extranjero.

USCIS activa nuevo mecanismo en el programa de Reunificación Familiar

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) activó una herramienta relacionada con los Procesos de Reunificación Familiar para cubanos, colombianos, salvadoreños, guatemaltecos, haitianos y hondureños.

A continuación, le explicamos en qué consiste el cambio.

USCIS activa nuevo mecanismo en el programa de Reunificación Familiar

El Programa de Permiso de Reunificación Familiar permite a ciertos ciudadanos estadounidenses elegibles y residentes permanentes legales solicitar un permiso de ingreso para sus familiares que se encuentran fuera. 

Recientemente, el Gobierno de Joe Biden anunció la activación de una nueva herramienta relacionada a este parole de Reunificación Familiar que beneficiará a 100,000 inmigrantes de El Salvador, Honduras, Colombia y Guatemala cuyos familiares son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales y que han recibido aprobación para reunirse con su familia en los Estados Unidos.

En resumidas cuentas, los ciudadanos de estos países pueden ser considerados para el parole de reunificación familiar caso por caso por un período de hasta tres años mientras esperan para solicitar convertirse en residentes permanentes legales.

El Centro Nacional de Visas empezó a enviar las invitaciones desde el lunes 31 de julio por correo y correo electrónico a ciertos peticionarios cuyos formularios I-130 han sido aprobados.

Esto quiere decir que el gobierno avaló la petición y confirmó que el solicitante puede ser el patrocinador económico de su familiar en Estados Unidos.

Los peticionarios que reciben invitaciones pueden presentar un Formulario I-134A de los beneficiarios principales y derivados del Formulario I-130, o Petición para Familiar Extranjero.

Tenga en cuenta que si se envía un Formulario I-134A sin haber recibido una invitación, este no será procesado.

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¿Qué familiares son elegibles para el programa de Reunificación Familiar en EE.U?

Los familiares inmediatos elegibles para solicitar visas de inmigrante tras la aprobación del Formulario I-130 son:

  • Cónyuges de ciudadanos estadounidenses;
  • Hijos solteros (menores de 21 años) de ciudadanos estadounidenses;
  • Padres de ciudadanos estadounidenses, si el ciudadano estadounidense tiene 21 años o más.

Para confirmar si se le ha emitido una invitación y es elegible para presentar un Formulario I-134A, bajo los Procesos de Reunificación Familiar en nombre del beneficiario principal y sus familiares inmediatos elegibles, USCIS activó este link donde se podrá ingresar el número de recibo de formulario I-130.

8 cosas que debe saber sobre el Parole de Reunificación Familiar

  1. Los ciudadanos de Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras beneficiarios de un Formulario I-130, Petición de familiar extranjero aprobado, pueden ser elegibles para ser considerados bajo los nuevos procesos.
  2. Los beneficiarios deben estar fuera de Estados Unidos, cumplir con todos los requisitos, incluidos los requisitos médicos y de evaluación, y no deben haber recibido una visa de inmigrante.
  3. Los procesos comienzan cuando el Departamento de Estado emite una invitación al ciudadano estadounidense o familiar residente permanente legal cuyo Formulario I-130 en nombre de un beneficiario colombiano, salvadoreño, guatemalteco u hondureño ha sido aprobado. Esto aún no ha ocurrido hasta este lunes 10 de julio en la mañana.
  4. El formulario I-130 es utilizado si un ciudadano o residente permanente legal necesita demostrar la relación que tiene con un familiar elegible que desea inmigrar o permanecer permanentemente en Estados Unidos y obtener una Tarjeta de Residente Permanente.
  5. Los beneficiarios que esperan una visa de inmigrante pueden incluir hijos y hermanos de ciudadanos estadounidenses y cónyuges e hijos de residentes permanentes. El peticionario invitado puede entonces iniciar el proceso presentando una solicitud en nombre del beneficiario que está fuera de EEUU y los miembros de la familia elegibles para recibir una autorización de viaje anticipada y parole de reunificación.
  6. Las invitaciones para participar en estos procesos son enviadas por correo a ciertos peticionarios cuyos Formularios I-130 han sido aprobados. Los peticionarios que reciben invitaciones pueden presentar un Formulario I-134A, Solicitud En Línea para Convertirse en Persona de Apoyo y Declaración de Apoyo Financiero, de los beneficiarios principales y derivados del Formulario I-130. Se debe enviar una Formulario I-134A por separado para cada beneficiario.
  7. Si USCIS confirma que el Formulario I-134A de un peticionario es suficiente, el Departamento de Seguiridad Nacional completará una investigación de seguridad de cada beneficiario y considerará a cada uno de ellos para la autorización anticipada de viaje de manera individual. Si se le expide la autorización anticipada de viaje al beneficiario, este podrá venir a un puerto interior de entrada de Estados Unidos para solicitar un permiso discrecional de permanencia temporal.
  8. Las personas que reciben permisos de permanencia temporal en Estados Unidos bajo estos procesos pueden solicitar autorización de empleo a su llegada a Estados Unidos.

Hasta el momento se desconoce si será renovado o cuáles serán las pautas después de ese tiempo, pero se espera que algunos, al ya tener un proceso en desarrollo, podrían hacerse residentes durante este periodo.

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