Te explico la DIFERENCIA entre el Formulario I-130 y el I-485

Te explico la diferencia entre el Formulario I-485 y el I-130

La similitud en los casos entre el Formulario I-485 y el I-130 ha causado mucha confusión por un largo tiempo. Entender la diferencia entre ambas planillas no es una cuestión de dificultad, solo requiere de una explicación sencilla.

La petición I-130 simplemente le pide al gobierno que haga algo, pero su proceso se puede dirigir a varios fines. En cuanto al I-485, este proceso es similar a la I-130, pero se refiere a la elegibilidad del inmigrante / beneficiario de la petición.

El hecho de que posea tantas páginas y que las instrucciones sean similares pueden resultar algo frustrante; esto sumado a que se puede tratar de un caso desalentador para algunas parejas en Estados Unidos, que enfrentan un caso de inmigración basado en su unión.

Acompáñame en este artículo donde te detallaré la funcionalidad de cada uno; de esta manera, entenderás sus diferencias y cuándo deben ser usados.

Para qué sirve el Formulario I-485 y el I-130 y sus diferencias

Primero, empecemos por aclarar la utilidad de cada uno.

El Formulario I-130 considera la petición de un pariente inmediato. Muchos creerían que este documento es suficiente para el trámite, pero no es así. Ya que se necesitan otras planillas más para emitir la solicitud. De manera, que el I-130 es solo el punto de inicio.

Por ejemplo, un patrocinador necesitaría adicionalmente un I-130A (un formulario de información complementaria), un I-864 (declaración jurada de apoyo) y un G-1145 (notificación electrónica altamente preferida).

Además, anexar el I-864 requiere de más documentación adicional sobre sus finanzas y registros de impuestos. Es necesario esta parte, y debe hacerse de la mejor manera posible.

Ahora bien, en el contexto de una tarjeta de residencia matrimonial (visa de cónyuge), el propósito principal del I-485 es comprobar que el cónyuge extranjero es elegible para una residencia permanente a los Estados Unidos.  Y es aquí donde entra la confusión.

En este sentido, surgen dos problemas: el primero es ¿cómo alguien debe saber si su elegibilidad es inmediata?; y segundo, ¿qué formulario se presenta primero? ... continuemos leyendo.

Elegibilidad inmediata

El Formulario I-485 y el I-130 tienen una disparidad  fundamental, que es cuando cada solicitud debe ser presentada.

Desde el punto de vista de un abogado de inmigración, si la elegibilidad del inmigrante es inmediata, sería altamente preferible presentar ambos formularios conjuntamente. Pero un momento, aclaremos un punto.

Para una respuesta legal, un inmigrante tiene elegibilidad inmediata para la inmigración basada en el matrimonio, solo si el inmigrante puede procesar los formularios sin demás requisitos. En líneas generales, la elegibilidad de un inmigrante se puede encontrar en su visa y la categoría a través de la cual se está procesando.

De acuerdo a lo que dictamina USCIS, una visa es elegible cuando se produce a través de la inmigración basada en el matrimonio con un ciudadano estadounidense.Pero, no todas son elegible en este sentido.

Por ejemplo, las visas J tienen requisitos de residencia en el hogar que imponen una restricción a la elegibilidad. En este caso, las visas J son para visitantes con fines laborales o educativos que están obligados a salir antes de los 18 meses de estadía. Por lo tanto, no es elegible.

Pero, aquí viene la buena noticia:  en general, si el inmigrante se casa con un ciudadano estadounidense, la elegibilidad es inmediata, excepto si portador de una visa J.

Presentación de Formularios

Ahora que ya conocemos si la persona es elegible o no como inmediata, podemos proceder a presentar las solicitudes. Pero Carmen, ¿Cuál es primero? ¡Ambos!

Verás,  tienes tres opciones: Se puede enviar la solicitud primero, esperar que sea aprobado, y luego se envía la solicitud I-485; o envía la solicitud primero, y si se adquiere elegibilidad inmediata mientras está procesando, se debe presentar el I-485.

Pero, enviar el I-130 simultáneamente con el I-485, si la elegibilidad es inmediata, está disponible. 

Te explico, si se presentan por separado, el tiempo de procesamiento podría ser tan pequeño como 10 meses, pero generalmente dura hasta 2 años. Ahora bien, la presentación simultánea de la I-130 y la I-485 puede acelerar el tiempo de procesamiento, incluso de 3 a 8 meses.

¿Listo? ¿Ahora si sabes cómo y cuando procesar estas solicitudes? ¡Ánimo! La carrera puede ser un poco larga, pero lo vale ¿no? En todo caso, cuanto antes, mucho mejor. 

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Carmen Ramos

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