Nueva Extensión de USCIS para peticiones de Inmigrantes a TPS, Visas y Green Card

Nueva extensión para inmigrantes en pticiones para TPS, Green Card y visas

¡Más noticias buenas para los inmigrantes en Estados Unidos! - El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU (USCIS) ha extendido el plazo de peticiones para TPS, Green Card y Visas. Todo con el fin de que tanto inmigrantes y migrantes puedan completar la información  y requisitos para realizar sus solicitudes.

El plazo tendrá fecha límite del 23 de Octubre del presente año. En este sentido, se otorgará ayuda a los  peticionarios de Residencia Legal Permanente, naturalización, Estatus de Protección Temporal (TPS) y visas de trabajo.

Más tiempo para inmigrantes que deseen solicitar TPS, Green Card y Visas

De acuerdo con USCIS, Con esta nueva medida, la organización suma 60 días para que este tipo de ciudadanos puedan enviar más información que se le es solicitada mediante alguna notificación recibida entre el 1 de marzo de 2020 y el 23 de octubre de 2022.

«USCIS considera una respuesta recibida dentro de los 60 días calendario posteriores a la fecha de vencimiento… antes de tomar cualquier medida”, indica la agencia.

De manera que los que aún no han realizado con la solicitud para cambios de estatus, aún se le otorgará tiempo de prórroga. Esto en consideración a muchas personas que pudieron ser sacudidas por la inflación y no han logrado reunir dinero para sus diferentes trámites.

Además, supone una solución viable y diplomática al problema de la inmigración y estatus de ilegalidad en el país.

Aquí la lista de las notificaciones que podrán beneficiarse con dicho ajuste:

  • Solicitudes de Evidencia (mayor información)
  • Continuaciones a la Solicitud de Evidencia (N-14)
  • Avisos de intención de denegar
  • Avisos de Intención de Revocación
  • Avisos de Intención de Rescisión
  • Avisos de Intención de Terminar los centros regionales
  • Avisos de Intención de Retirar el Estatus de Protección Temporal (TPS)
  • Mociones para reabrir un N-400 (ciudadanía) de conformidad con 8 CFR 335.5
  • Recepción de información derogatoria después de la concesión.

Aprovecha esta oportunidad y ve tras ese cambio de estatus que requieres. ¡Aún tienes chance!

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Carmen Ramos

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