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Así puedes extender tu estadía en EE.UU con cambio en el estatus No Inmigrante

Publicado el 1 de marzo del 2022 a las 18:47 GMT

Te hablaremos de las alternativas que tienes para ampliar tu estadía en el país, cuando ya hayas alcanzado tu propósito inicial

¿Cómo extender tu estadía en USA? Cambio estatus No Inmigrante

Estados Unidos cuenta con mecanismos para que los extranjeros puedan viajar al país de forma legal, un ejemplo es a través de las visas de No Inmigrante, dadas para todos aquellos que tengan la intención de estar en USA de forma temporal. El tiempo puede variar de acuerdo a las distintas clasificaciones de la visa, cada una tiene propósitos distintos.

Por ejemplo, puedes que vengas al país por trabajo temporal en EE.UU, en estatus de turista, estudiante o diplomático. Pero esto puede cambiar, tan solo solicitando un nuevo estatus de No Inmigrante. De esto justo te hablaremos aquí, de las alternativas que tienes para ampliar tu estadía en el país, cuando ya hayas alcanzado tu propósito inicial.

¿Qué requisitos debes tener para cambiar tu estatus de No Inmigrante en EE.UU?

Solo puedes cambiar tu estatus si cumples lo siguiente:

  1. Fuiste aceptado legalmente en  EE.UU como No Inmigrante
  2. No has cometido una acción que te limite del derecho a aceptar los beneficios por migración
  3. No existe otra razón que exija que salgas del país antes de entrar nuevamente con otra clasificación (esto lo determinan funcionarios de USCIS)

¿Cómo cambias el estatus? Pues vía correo electrónico, utilizando el sistema de presentación  electrónica o haciendo uso de USCIS ELIS, pero esto lo debes hacer antes que pase la fecha que sale en tu formulario I-94 y solo teniendo el pasaporte actualizado

¿Quiénes no pueden pedir cambio de estatus?

Si fuiste admitido bajo estas categorías de No Inmigrante, no puedes cambiar el estatus:

  1. C: Extranjero transitorio
  2. D: Tripulante
  3. K-1 or K-2: Prometido(a) o dependiente del mismo
  4.  K-3 or K-4: Esposos (a) de un ciudadano estadounidenses junto con sus hijos
  5. S: Testigo – informante
  6. TWOV: Tránsito sin visa
  7.  WT or WB: Programa de Exención de Visa (Bajo formulario I-94W verde con registro de entrada/ Salida
  8. J-1: Estudiantes por intercambio comprometidos al requisito de dos años de residencia en el que los extranjeros no pueden cambiar su forma. Con excepciones de: M-1 (Estudiantes vocacionales/ clasificación. Ante esto, deberás salir del país antes la fecha expuesta en el formulario I-94 o antes.

¿Cómo puedes cambiar el estatus de No Inmigrante?

Todo depende del estatus al cual planeas cambiar, por ejemplo:

Estatus basado en el trabajo:

Tu empleador deberá llenar y enviar el Formulario I-129 el cual expresa que eres necesario para la labor. Pero antes de empezar, se deberá aprobar tu solicitud de cambio de No Inmigrante.

En este punto, tu cónyuge e hijos menores de 21 años pueden cambiar su estatus enviando el Formulario I-539 (Solicitud de Extensión)

Además de esta forma, también con la culminación del Formulario I-539 puedes cambiar a los siguientes estatus:

  1. A: Diplomáticos y otros puestos del gobierno junto a tus familiares y empleados directos
  2. B-1 and B-2: Visitantes por negocio o placer
  3. E-1 and E-2: Inversionistas o comerciantes con tratados
  4.  E-3: Profesionales de Australia
  5. F: Estudiantes y dependientes
  6. G: Funcionarios – gobiernos extranjeros (familiares y empleados directos)
  7. H-4: Dependientes de empleadores temporales capacitados o no
  8.  L-2: Dependientes transferidos en compañías
  9. M: Estudiantes vocacionales
  10.  N: Padres e hijos de personas a las que se les han ofrecido estatus especial como inmigrante
  11. Representantes de la OTAN
  12. O-3: Dependientes de extranjeros con conocimientos extraordinarios
  13. P-4: Dependientes – atletas y artistas
  14. R-2: Representantes religiosos
  15.  TD: canadienses y mexicanos bajo  TLCAN

¿Dónde debes enviar las solicitudes para cambiar el estatus No Inmigrante y alargar la estancia en EE.UU?

Esto lo haces a través de la página oficial del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) A través de tu cuenta personal. Cabe destacar que esto es algo que debes hacer antes de los 45 días previos a caducar el formulario I-94.

En caso de hacerlos después, no podrás gozar de ciertos beneficios, regresar al país más adelante o cambiar tu estado.  Por ende deberás abandonar el país inmediatamente.

Ahora bien ¿Cuándo puedes comenzar a cumplir labores con el nuevo estatus? Pues una vez sea aprobada tu solicitud de cambio.

Así puedes revisar el cambio del estatus de la extensión de estadía en Estados Unidos

Formulario I-539 en papel:

Una vez enviada la solicitud, te enviaran un recibo, el cual posee un número especifico que usaras para rastrear tu solicitud. Asimismo recibirás información de cómo usar dichos códigos para verificar tu cambio en el estatus de No Inmigrante.

La dirección para el envío es la siguiente:

Servicio Postal de Estados Unidos

Attn/ IER
PO Box/ 650890
Dallas/ TX 75265

Entregas en  UPS y DHS

Attn/ IERBox/ 650890
2501/ S. State Highway 121 Business
Suite 400
Lewisville / TX 75067

En línea del Formulario I-539 usando USCIS:

Al haber creado tu cuenta, podrás ingresar en cualquier momento para verificar tu cambio como Inmigrante, usando el número del recibo.

Para más información puedes llamar al Servicio al Cliente (800) 375-5283

Servicio al Cliente para personas con problemas auditivos (800) 767-1833

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