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Cómo obtener la CIUDADANÍA AMERICANA siendo hijo de estadounidenses, fuera del PAÍS

Publicado el 20 de septiembre del 2022 a las 10:55 GMT

De acuerdo con la ley, todos los hijos de estadounideses nacidos en el extranjero, son ciudadanos americanos por derecho al nacer. 

Cómo obtener ciudadanía americana siendo hijo de estadounidenses

Una de las maneras de obtener la ciudadanía americana es a través de la familia. Las personas con padres estadounidenses, que residen fuera del país deben saber que para tramitar su ciudadanía por derecho familiar, existen dos maneras. La primera es al nacer, y la segunda, después de nacido con limitación en la edad. En cada caso, existen requisitos diferentes.

El Congreso del país norteño aprobó leyes que establecen cómo los ciudadanos estadounidenses (o padres) transfieren la ciudadanía a los niños nacidos fuera de Estados Unidos.

Veamos cuáles son los requisitos necesario para llevar a cabo este proceso en USCIS.

Elegibilidad para obtener la ciudadanía americana por padres estadounidenses

Bien, de acuerdo con la ley  si una persona es nacida dentro de Estados Unidos, de un padre ciudadano (o padres) estadounidense, es ciudadano de ese país al momento del nacimiento. 

De igual modo, todos los hijos de estadounideses nacidos en el extranjero, son ciudadanos americanos por derecho al nacer. 

En este sentido,  para quienes nacen fuera del país, se pide que el padre o la madre tengan la ciudadanía norteamericana, y que al menos cualquiera de ellos haya residido alguna vez en Estados Unidos.

Esto es verificable en el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 12, Parte H, Hijos de Ciudadanos Estadounidenses. Donde además, podría conocer los requisitos de elegibilidad para ser conseiderado ciudadano estadounidense como hijo de padres americanos.

Independientemente, si una persona nace dentro del territorio americano y luego reside fuera del país, así como para quienes nacieron de plano en el extranjero, la ciudadanía es suya por derecho de transferencia progenie. Sin embargo, al llegar a Estados Unidos, el proceso es diferente para ambos casos.

Debe saber que para tramitar propósitos de ciudadanía y naturalización, la USCIS define que un hijo es ‘una persona soltera legitimada o adoptada por un ciudadano de Estados Unidos’. 

Ya que conoce sus derechos de nacimiento como hijo de un ciudadano americano,  usted puede tener la seguridad para iniciar su proceso de reconocimiento ciudadano.  Para esto, esbozaremos cuáles son los requisitos necesarios para cualquiera de los dos casos de ciudadanía al nacer.

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Requisitos para hijos estadounidenses que ahora viven en Estados Unidos pero nacieron en el extranjero

Si los hijos nacieron en el extranjero teniendo al menos un progenitor americano, pero ahora residen en territorio estadounidense, pueden adquirir la ciudadanía bajo la sección 320 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).

Tal persona se convertiría automáticamente en ciudadano, cuando se hayan cumplido las condiciones en o después del 27 de febrero del 2001:

  • El hijo menor de 18 años de edad tiene al menos un padre o madre, incluido uno adoptivo, que es ciudadano del país por nacimiento o por naturalización.
  • Es residente permanente legal.
  • Vive en EE.UU bajo la custodia legal y física de la madre o el padre ciudadano.

Requisitos de hijos estadounidenses que viven fuera del país

Es posible que ciudadanos americanos hayan tenido hijos fuera del país. Si este es su caso, puede obtener la ciudadanía bajo la Sección 322 de la INA. En efecto, resultarías elegiblible para la naturalización si cumple las condiciones siguientes:

  • El hijo menor de 18 años de edad tiene al menos un padre o madre, incluido uno adoptivo, que es ciudadano de EE.UU. por nacimiento o por naturalización;
  • El padre ciudadano estadounidense o el abuelo ciudadano de EE. UU. cumple con ciertos requisitos de presencia física en ese país o en sus territorios;
  • El hijo habita fuera de Estados Unidos bajo la protección legal y física del padre ciudadano estadounidense o de una persona no opuesta a la solicitud si el progenitor ciudadano de EE. UU. falleció.
  • El hijo es aceptado legalmente, está físicamente presente y conserva un estatus legal en Estados Unidos al momento en que se aprueba la solicitud y en el instante de la naturalización.

Cómo solicitar un certificado de ciudadanía americana bajo la sección 320 – 322 de la INA

Para solicitar un Certificado de Ciudadanía bajo la Sección 320 de INA, debe solicitar el  Formulario N-600 y estudie las instrucciones de forma cuidadosa y así se asegurará de que se cualifica. Con esta planilla sería suficiente para realizar su petición.

Tendrás que entregar tu F N-600 a a agencia encargada de regular el proceso, la cual es USCIS por naturaleza.

El tiempo de duración del proceso para obtener la ciudadanía varía en dependencia de su situación.

Si desea más información sobre temas de ciudadanía y naturalización, comuníquese con el Centro Nacional de Atención al Cliente de USCIS llamando al 1-800-375-5283 (presione 2 para español), 1-800-767-1833 (TTY, para personas con problemas auditivos).

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